Documentación que debe tener una finca de caza

¿Tienes un terreno o coto que no utilizas? Con tanto espacio disponible, seguramente ya has considerado la posibilidad de crear una finca de caza. De hecho, son una gran inversión. Podrás disfrutar de una infinidad de horas de práctica, y lo mejor es que tú estableces los límites para tu propia diversión (claro, dentro de lo permitido). Sin embargo, antes de poder establecer todo el equipo de las instalaciones, es necesario preparar una documentación.

Documentación de titularidad

La documentación inicial que debes tener es la que demuestre que eres dueño del coto. Sin estos documentos, no podrás avanzar hacia el paso para establecer esa finca de caza que ya estabas planeando. Ya sea que acabes de adquirir la finca, o ya lleves un tiempo con ella bajo tu protección, lo primero que debes tener a mano es la Transferencia de Titularidad del Coto. Este simple papel recoge la información del antiguo titular del terrero, que cede la titularidad.

Pagos de Matrículas e impuestos

Si ya tienes esa documentación en tus manos, viene una parte menos agradable: los pagos. Sí, tal vez pensabas que la inversión inicial ya era suficiente, pero estos también son necesarios. Primero debes realizar el pago de Matrícula Anual a la Junta de Andalucía. El monto va a depender de la cantidad de hectáreas de la finca de caza y se debe pagar antes del 31 de marzo. Para poner un ejemplo, 2.000 hectáreas suponen un pago de alrededor de 400 euros.

Luego viene el pago de impuestos, el menos favorito. Se trata de los Impuestos de Gastos Suntuarios a Nivel Municipal, que grava el aprovechamiento o uso de las fincas de caza y pesca, independientemente de la utilización que se les den. El pago se debe realizar en el Ayuntamiento más cercano (y que corresponda al terreno), a partir del 31 de diciembre de cada año. Por esto, muchos suelen pagarlo en diciembre.

Revisión del Plan Técnico y Presentación de la Memoria Anual

El plan técnico es la documentación que regula y establece los límites de las actividades que se realizarán en la fina de caza. Debe ser presentado ante la Junta de Andalucía cada cuatro años, y se pueden realizar modificaciones durante todo el año. Si se ha realizado correctamente, la junta lo aprobará. Asimismo, también se debe presentar la Memoria Anual de Actividades Cinegéticas, que refleja todos los movimientos llevados a cabo durante la temporada de caza.

Control de daños y Solicitud de Monterías/Ganchos/Batidas

La caza para el control de daños agrícolas debe ser comunicado a la Junta con 10 días de antelación. Este es útil para controlar las grandes poblaciones en la finca de caza, disminuyendo los daños de infraestructuras y las enfermedades. Por otro lado, también tenemos la solicitud de Monterías, una documentación sumamente importante en cualquier coto. Esta es una autorización especial para realizar actividades con la participación de perros en la finca de Caza.

Se debe solicitar al menos 15 días antes de celebrar la montería en la finca de caza. Esto se puede lograr en la Consejería de Medio Ambiente. Adicionalmente, también se debe comunicar al distrito sanitario. Y no debes olvidar realizar un comunicado con los resultados de la actividad en máximo 10 días luego de la misma. Un aspecto que ayuda a su autorización es tener un muladar particular dentro del coto.

En el caso de ojeos de perdices y Caza Selectiva

El ojeo de perdices, una actividad cinegética muy común en cualquier finca de caza debe ser comunicado a la Junta de Andalucía con 10 días de anticipación. La documentación para esto debe reflejar la información del dueño del coto, el número de cazadores, etc. La actividad se debe realizar en máximo 10 días después de la fecha indicada. Para la Caza selectiva, se debe avisar 15 días antes y es necesario tener un Plan Técnico autorizado.

Repoblaciones y Sueltas

Estas se pueden realizar en cualquier momento del año, y son altamente recomendables sin las actividades en la finca de caza son muy frecuentes. Cabe recalcar que ya debe haber sido planteada en el Plan Técnico de Caza. De no ser así, se debe realizar una modificación. Una vez hecho esto, la actividad se debe comunicar 15 días antes de su realización, en la Junta de Andalucía.

Seguro de Responsabilidad Civil y Plan de Prevención de Incendios Forestales

El seguro de Responsabilidad Civil no es una documentación obligatoria en una finca de caza. Sin embargo, es recomendable contar con ella entre los papeles del coto, ya que casi todos cuentan con una. En cuanto al plan de prevención, este se presenta anualmente ante la junta de forma obligatoria. Además, se debe llevar un certificado que compruebe que se ha llevado a cabo de la forma correcta, firmado por un ingeniero técnico forestal.

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